“Nuestros profesores”
9 de abril – Muere E. C. Mántaras
Ricardo Miguel Fessia
I – Suspensos un instante al milagro del día, nos situamos al borde del sendero y sin querer volvemos la cabeza. Pensamos entonces que nuestro pasado es breve, como un hemistiquio. Pero … la vida es feliz porque esta serena frente a la verdad libertadora –dulce o amarga, pero siempre amiga-. Cuando un malhadado golpe del destino arrancó el vivo retrato de Eduardo Mántaras parecía que esa brevedad se presentaba en su más rústica expresión. Como tantas veces él lo había hecho, amigos y discípulos, acudieron a la cita solmene con las frentes limpias y claros los ojos puestos en la ruta, sostenidos por el paso ágil.
Nunca se detuvo a discriminar con una severidad lógica su concepto de hombre. Ese concepto, aparentemente, es el que reposa en las conclusiones doctrinarias del humanismo y en el ideal de totalidad que nos ha legado, no obstante que en el fondo de su comportamiento campeaba también la influencia de la concepción aristocrática cristiana nítidamente perceptible en el predicamento que concede a la conciencia y a la regla en el dominio del arte. Sensibilidad tocada de un diáfano sentido de la justicia, de responsabilidad ciudadana con sentido compromiso en las propuestas de transformaciones sociales. Su concepción del hombre estaba, pues, lejos de ser la del hombre puris naturalibus, extraño a toda vida de elevación y seriedad, insensible al valor como módulo de la realización de una vida, y no se satisfacía tampoco con las situaciones falaces del idealismo estético.
Consciente de que sin una tesitura axiológica es imposible pensar en un humanismo de pulso ascendente, propugnaba una idea de la personalidad en la que el credo afirmativo del hombre autónomo y libre, legislador y constructor de su propio destino, se adunaba al acatamiento de un orden dispuesto por arriba de las fuerzas instintivas de la naturaleza. En esta síntesis admirablemente lograda, las lejanas resonancias de un paganismo clásico otorgaban carta de ciudadanía a la expresión del Sócrates de Eupalinos; “Ciertos pueblos se pierden en sus pensamientos; pero para nosotros, los griegos, todas las cosas con formas”.
Esta síntesis que Mántaras vivió plenamente en todos los instantes de su vida es la piedra angular de su conducta y la hermenéutica de su obra. Todas sus virtudes civiles se troquelaban en ella. Negaba todo nacionalismo, fuese cual fuese la expresión que asumiese, fuese cual fuese el designio que lo animase, porque el nacionalismo significaba para su punto de vista oposición al hombre como ciudadano de mundo.
II – Su llegada no podía ser signada por mejor estrella; lo fue en el centro de pujanza más contundente y en el último escalón del siglo que marcó nuestro destino de grandeza. Nació en Esperanza el 22 de mayo de 1899.
Su padre era Manuel Mántaras, nacido en el 9 de agosto de 1859 en San José del Rincón y su madre Vicenta Tapia. Manuel era abogado y había llegado hasta el lugar por haber sido designado intendente en 1898. Esperanza era una colonia agrícola que recibió la pujanza de la Constitución y de la inmigración europea que venía a trabajar el surco de las feraces tierras por la suscripción del primer contrato de colonización entre el gobierno de Santa Fe, siendo gobernador Domingo Crespo y el empresario salteño Aarón Castellanos.
La “Ley orgánica y reglamento electoral municipal” disponía que los concejales sean electos en forma directa por los ciudadanos mayores de edad y el intendente era designado por el gobierno provincial. En las elecciones del domingo 16 de abril de 1898 resultaron electos Amado Aufranc, Gustavo Hemboldt y Francisco J. Barco, presidiendo el cuerpo el primero de los nombrados que hasta ese momento ejercía de intendente, por lo tanto el gobernador Luciano Leiva lo designa intendente. Su mandato será breve ya que renuncia en mayo de 1900.
III – Estudió Derecho en nuestra casa, en el preciso momento de la transición entre la Universidad de Santa Fe, la creada por Gálvez, y la Universidad Nacional del Litoral, la impulsada por “jóvenes reformistas”. Se recibió de abogado y extendió los estudios para doctorarse con una tesis sobre «El Estado como categoría histórica», que mereció el reconocimiento del tribunal examinador.
IV – Conformó el hogar con Georgina Cullen, con la que contrajo enlace el 10 de abril de 1926. Su esposa, nacida el 7 de junio de 1905, era hija de familias de antigua estirpe santafesina. Su padre era Ignacio Victorio Cullen, nacido en la ciudad en 1869 y de Petrona Gómez, nacida en 1870, matrimonio que dio siete hijos. Sus abuelos paternos eran Domingo Tomás Modesto Cullen Rodríguez del Fresno, nacido el 16 de junio de 1834 y Josefa Comas López.
Del matrimonio nacieron cuatro hijos, Georgina, el 6 de enero de 1928; Lidia Esther, el 20 de mayo de 1931; Eduardo, el 30 de enero de 1933; Jorge Ignacio, el 22 de febrero de 1934.
V – De muy joven ingresa en la docencia universitaria. Era un tiempo particular, había pocos abogados y por lo tanto menos con vocación docente, dos requisitos necesarios para ascender al púlpito mayor de la docencia que no suelen ir en parejo orden.
El cimbrón que significo la nacionalización de la Universidad, con una intervención, primero con José Araya y luego a cargo de Benito Názar Anchorena deriva en la normalización de los estudios. y luego la normalización una vez aprobado el nuevo plan de estudios. El decano fue José Oliva, sucediéndolo Pedro E. Martínez en abril de 1922 para ser electo por el cuerpo al año siguiente.
Todos estos cambios no fueron meramente formales, la nacionalización significó definitivamente una nueva universidad con un nuevo sentido de principios ideológicos; los derivados de la “Reforma universitaria de 1918”.
La planta docente para acompañar eso cambios fue cuidadosamente seleccionada de entre los profesionales del medio.
La primera designación de Mántaras es por medio de una resolución del H. Consejo directivo del 8 de agosto de 1924 (1) como profesor suplente en Derecho municipal. Era decano Gregorio Parera y rector, Pedro E. Martínez.
De la misma forma se proveía de docentes a la “Escuela industrial anexa” que dependía de la Facultad de Ingeniería química, y por resolución del Consejo directivo de la misma del 15 de julio de 1925 se designa a Mántaras para la cátedra de “Instrucción cívica” de 3er año.
A los efectos de seguir dotando a la planta profesoral, en mismo cuerpo deliberativo designa, en sesión del 2 de noviembre de 1926, a Mántaras como profesor suplente de Filosofía del derecho para el curso de doctorado. (2)
Producto de las nuevas necesidades y de la clara y responsable vocación, nuevamente el Consejo directivo lo designa como profesor suplente de Sociología para los cursos de Abogacía en la sesión del 6 de julio de 1927. En la sesión del 25 de julio de ese mismo año es designado también para dictar Elementos de derecho civil en la carrera de Procuración.
Al año siguiente en mismo Consejo directivo tomando en consideración el desempeño hasta ese momento, lo designa como interino en “Derecho civil argentino, 1ra. parte”, ante la licencia del titular, José A. Gervasoni.
Afianzado en la vida académica, que compartía con el ejerció de la profesión y la administración de un fundo ganadero, también tenía participación en la vida política de la Facultad. Ante la renuncia como consejero superior por parte de su titular Manuel J. del Sastre y del suplente, Humberto C. Gambino, el Consejo directivo nombra a Armando C. Antille y Eduardo C. Mántaras para reemplazarlos, en la cesión del 9 de octubre de 1928.
Al producirse una nueva licencia del titular de Derecho civil, las autoridades de la casa convocan a un concurso para la cobertura de dos plazas en calidad de profesor titular y las mismas son obtenidas por Eduardo Mántaras y José Lo Valvo que son confirmados por resolución del Interventor nacional, Roque A. Izzo, del 29 de abril de 1930 y luego confirmados en sus cargos por el nuevo Interventor nacional Abraham de la Vega, por resolución del 11 de enero de 1932.
Resultó que estos concursos fueron luego objetados y por lo tanto el rector elevó una consulta al Ministro de Justicia e instrucción pública, que era desempeñado por Manuel de Iriondo que corre vista al Procurador general de la nación, Horacio Rodríguez Larreta que el 22 de mayo de 1934 produce un dictamen en donde afirma que los “nombramientos de profesores titulares hechos por los interventores de la Universidad Nacional del Litoral no tiene carácter definitivo…”. Fundado en el mismo el ministro dispone el 6 de junio de 1934 que “no son profesores titulares … aquellos cuyo nombramiento no se ha ajustado a los preceptos legales”, es decir a la ley 1597.
En 1936 para designar consejeros docentes se produce el acto eleccionario y Mántaras resulta electo en representación de los titulares.(3) Renunciará en junio de 1938.
A los efectos de normalizar definitivamente el claustro se llevó adelante un proceso de selección y el rector elevó ternas para cubrir distintas cátedras y el presidente Roberto Ortíz designa a Mántaras como titular de la cátedra de Derecho civil argentino y comparado (1er curso) (4)
La Casa de estudios estaba dando sus primeros pasos como nacional y de las cátedras –una por materia- fueron surgiendo la necesidad de crear espacios para la investigación y el debate; así es que nace la idea, existente en otras universidades, de crear los Institutos y dotarlos de hombres para su desarrollo. El decano, Alberto J. Molinas, por expresa autorización del Consejo directivo, designa a Mántaras como Director del “Instituto de derecho civil” por resolución del 15 de febrero de 1939.
En febrero de 1946 se lleva adelante un proceso eleccionario cuya característica fue una clara polarización. El nuevo gobierno, con la legitimidad de los votos del pueblo, comienza un tiempo de transformaciones. Uno de los sectores, que no miraba con simpatía, eran las Universidades y por lo tanto se deciden en introducir reformas. Como lo indican los ciclos históricos, hay focos de resistencia y se toman las más firmes decisiones; los que no colaboren deben ser excluidos.
El interventor de la Facultad confecciona una lista que eleva al Rector, (5) también interventor, por resolución 456 del 3 de diciembre de 1946, con los nombres de Eduardo C. Mántaras, Emiro A. Seghezzi y Carmelo Piedrabuena, profesores que “deben ser separadas de la Universidad” atendiendo a que su “permanencia pueda resultar inconveniente para la reestructuración de la misma”. De inmediato fueron cesanteados sin más trámite ni posibilidad de recurrir; así de simple, así de implacable. (6)
De esta forma, se segaba la producción de un hombre que había dado los mejores esfuerzos a la difusión del conocimiento en esta actividad que esencialmente se vocación, es decir, entrega desinteresada.
Se deberá esperar hasta el año 1955 cuando las autoridades provenientes de una nueva intervención deciden retornar al estado de situación anterior, al curso natural de la vida universitaria que no requiere de más (ni menos) que la idoneidad científica. Una de las primeras medidas del interventor, Domingo Buonocore, uno de los expulsados durante la década peronista, dispone la reincorporación de los cesanteados, entre los que estaba Rudesindo Martínez que era el único excluido por la intervención del golpe del 43.
Para el caso de los fallecidos se los reconocerá en el acto público llevado adelante el 21 de noviembre en el aula Alberdi. (7) Tal los casos de Mántaras, Augusto Morisot –muerto en 1944- Rodolfo Doglioli –muerto el 11 de febrero de 1948- y de Emilio Seguizzi.
VI – A los hombres se los conoce por sus escritos, se suele decir en los ámbitos académicos. No obstante su juventud y las pocas facilidades que había en ese tiempo, legó escritos.
El primero fue su tesis doctoral titulada “El Estado como categoría histórica” que le permitió acceder a la dignidad académica. La reglamentación vigente indicaba que el doctorando debía presentar el trabajo impreso y debían dejarse ejemplares para la Biblioteca. El de nuestro evocado fue impreso en los talleres gráficos “El Litoral” en 1929 y consta de 90 páginas con tapa dura. Está en los anaqueles de la Biblioteca para la consulta. Luego de estudiar cuidadosamente las distintas teorías que justifican el poder, concluye en que “El Estado es una pura categoría histórica. Sobre el poder, elemento eterno de imponderable, que se encuentra en la base de todas las instituciones sociales; las culturas levantan sus organismos políticos, que por un error de perspectiva histórica colocamos bajo la unívoca denominación de Estado. … Cada cultura ha organizado el poder, adscribiéndolo a los fines específicos, que su sino de antemano prefijaba. El “estado” únicamente existe y ha existido en la cultura occidental. No hay un problema del Estado, con validez universal, hay sí, únicamente un problema del “Estado occidental”; otro del “Imperio romano” desde Constantino; y otro de la “civitas” o de la “polis greco-romana”.
El otro trabajo, un clásico de gran circulación entre los estudiantes, era “Derecho civil Argentino y comparado (parte general)”. Para la década del treinta y aún después, eran muy pocos los manuales de estudio que había. Salvat, que eran dos tomos y algún autor extranjero; no existía el “Bordita”, tal como se conoce al clásico “Manual de derecho civil” de Guillermo Borda, o el más moderno –y voluminoso- Rivera. Al propio tiempo había muy pocas lecciones que solamente daban los titulares. El “Centro de Estudiantes” (8) dispuso que dos de sus integrantes –Milton I. Albergoli y Bernardo R. Quinzio- tomaran versión taquigráfica del curso dictado en 1940 y luego consigan la autorización del profesor para su publicación. El resultado es un volumen de 358 páginas impreso por la “Librería e Imprenta Colmegna” por cuenta del Centro de estudiante en donde se abordan todos los temas que requería el programa. “Derecho civil, es la designación que tiene entre nosotros, el antiguo derecho de la Ciudad de los romanos. ….”. De esta forma iniciaba su primera lección. De su lectura se desprenden dos grandes virtudes que suele no ir de la mano; la claridad y la sencillez. Nuestra biblioteca conserva alguno de esos ejemplares.
También las páginas de la “Revista de Ciencias jurídicas y sociales” se engalanó con alguno de sus trabajos; revisamos “El programa de los partidos políticos” (nº 10-12, pág. 128-132) y “Ley de carnes y el problema ganadero” (nº 28, 1939, págs. 37-54), en donde hace un agudo análisis, que había sido motivo de tantas denuncias por parte de Lisandro de la Torre, respecto a los frigoríficos que llama “la industria del frío”. (9)
VII – No agotó su vida en la cátedra. Ejerció intensamente la profesión, y además administró dos establecimientos agropecuarios familiares; «La Aurora», en Vera y Pintado, que aún pertenece a la familia, y «Los Quebrachos», cerca de Colonia Silva, ambos en el departamento San Justo. Esta misma actividad y su espíritu de entrega lo llevan a ser tres veces presidente de la Sociedad Rural de Santa Fe entre 1939 y 1946 y en reconocimiento de su trabajo, uno de los pabellones de la sede ubicada en Bv. Pellegrini lleva su nombre. También fue presidente de CARCLO y de la CAP, fue miembro del Rotary Club.
La política no le era ajena y tuvo activa participación en las filas del Partido Demócrata Progresista y en esas lides acompañó al caudillo santafesino Luciano Molinas como candidato a vice gobernador en las elecciones de 1936.
Integró también durante varios años la Comisión Directiva del Club del Orden. Hombre singularmente culto, manejaba los clásicos y varios idiomas. En el trato era afable y generoso.
VIII – En el año 1949 era vocal de la Corporación Argentina de Productores de Carnes, más conocida por CAP. Este organismo, creado en 1934, dependía de la Junta Nacional de Carnes y tenía como misión la de intervenir en el mercado de carnes y poder fijar un precio sostén, clasificar las carnes y regular las exportaciones.
En cumplimiento de esas faenas regresaba desde Buenos Aires a su hogar cuando se produce un accidente automovilístico en el que fallece. Era el sábado 9 de abril de 1949. Tenía 49 años.
El diario “El Orden” del domingo 10 de abril, a todo lo ancho “En trascendental ceremonia, Perón clausuró ayer en Mendoza, el primer Congreso nacional de filosofía” y bien debajo, dos impactantes fotos del terrible accidente en donde muestra el coche de Mántaras incrustado en la parte trasera de un acoplado sobre la ruta. En otra de las dantescas fotos se ven dos cuerpos sobre la banquina.
IX – A pesar de su acendrado intelectualismo, Eduardo C. Mántaras mantuvo indemne y prístina la relación vital con las cosas. A diferencia de otros universitarios de rango que con fuerza de meditar more geométrico acaban por escindirse y aislarse en la atmósfera enrarecida de los conceptos, vivió siempre identificado con los seres y con las cosas de su dintorno. Su mundo reposaba, así, en una armoniosa e indestructible unidad de su espíritu con la naturaleza. Ninguna causa justa le era ajena y a ellas se entregaba con admirable pasión.
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(1) En la misma resolución se designa también y en calidad de profesor suplente a José Lo Valvo en Introducción al estudio de la ciencias jurídicas y sociales; a César Gauchat en Derecho civil, primer parte; a Antonio Ucha en Derecho penal y régimen carcelario; Luis Prémoli en Economía política; a Juan Francisco de Larrechea en Derecho comercial, primera parte; a Gregorio Quirós en Derecho ferroviario comparado; a Miguel Casañas en Derecho procesal criminal; a Ángel Caballero Martín en Medicina legal; a Juan M. González Sabathie en Derecho procesal y práctica judicial de Notariado y María Dolores Passeggi en Francés.
(2) Esta resolución del Consejo directivo fue luego aprobada por el rector Pedro E. Martínez con fecha 3 de diciembre de 1926 en el marco del expediente L.120/926. En la misma se designa también a Josefa Trento de Parera en Historia de las instituciones jurídicas; Ángel S. Caballero Martín en Psicología; Olinto A. Pividori en Derecho civil primera parte; José Marìa González Meana en Economía política; Romeo Bonazzola en Derecho administrativo, César Cauchat en Derecho civil, segunda parte; Conrado Diez Rodríguez en Derecho comercial, primera parte; Emilio G. Leiva en Historia diplomática; Ángel R. Parolín en Derecho público provincial; Emiro A. Seghizzi en Derecho comercial, segunda parte; Emilio González en Derecho municipal comparado; Pedro Viñas Balugera en Derecho marítimo: Nestor Lobbosco en Deerecho federal; José P. Milesi en Derecho civil comparado; Dardo Parera en Derecho internacional privado; Juan E. de Larrechea en Derecho comercial argentino (curso de Notarial); Antonio F. Villar en Derecho marítimo y quiebras; Pedro A Bruniard en Derecho penal y ética profesional (curso de Notariado); Miguel I. Alberto en Derecho procesal y ética (curso de Notariado) y Antonio Anadón en Derecho civil (1er y 2do libro del curso de Notariado).
(3) El Consejo directivo quedó integrado, por lo profesores titulares con Amadeo Ramirez, Francisco G. Difiori, Eduardo C. Mántaras, Eduardo Garbino Gerra, Alberto J. Molinas, José M. González Meana e Isaac Francioni, y como suplentes, Sixto Bayer, Armando G. Antille, Antonio Pautasso y Humerto Gambino. Por los profesores adjuntos, Rodolfo Doglioli, Antonio Ucha y Guillermo J. Watson, y como suplentes, Domingo Buonocore y Ángel S. Caballero Martín.
(4) En el mismo decreto del 23 de septiembre de 1938 se designa a Augusto Morisot para Derecho penal 2do curso; Mariano Tissembaum para Legislación del trabajo; Luis David Bonaprte pata Derecho privado; Rodolfo Reyna para Derecho político; José Lo Valvo para Derecho civil argentino (2do curso); Emiro Seguizzi para Derecho civil argentino en Notariado; Antonio Villar, en Derecho comercial (2da parte) de Notariado.
(5) El texto de la resolución es el siguiente:
Santa Fe, 3 de diciembre de 1946.
Resolución Nº 456
Atento a que de acuerdo a las directivas recibidas deben ser separadas de la Universidad todos aquellos profesores cuya permanencia pueda resultar inconveniente para la reestructuración de la misma según el pensamiento del Superior gobierno de la Nación,
EL DELEGADO INTERVENTOR DE LA FACULTAD
RESUELVE:
Art. 1º.- Solicitar al señor interventor de la Universidad la separación de los siguientes profesores:
Eduardo C. MANTARAS; profesor titular de Derecho civil argentino y comparado (1er curso) de Abogacía y Elementos de Derecho civil de Procuración.
Emiro A. SEGHEZZI; profesor titular de Derecho civil argentino (3ra parte) de Notariado y Adjunto de Derecho comercial (2da. Parte) de abogacía.
Carmelo P.PIEDRABUENA; profesor titular de Derecho procesal civil argentino.
Art. 2º.- Regístrese, comuníquese, etc.
6) La resolución rectoral, es la siguiente:
J.446/46
Resolución nº 232
Santa Fe, 3 de diciembre de 1946
Visto este expediente por el que el señor Delegado interventor de la Facultad de ciencias jurídicas y sociales solicita la separación de los profesores Dres. Eduardo C. Mántaras, Emiro Seghizzi y Carmelo Piedrabuena, atento a las causales en que se funda el pedido,
EL INTERVENTOR DE LA UNIVERSIDAD
Resuelve:
1º – Separar a los profesores Eduardo C. Mántaras, Emiro Seghizzi y Carmelo P. Piedrabuena, como profesores de la Facultad de ciencias jurídicas y sociales.
2º – Comuníquese al Poder ejecutivo a sus efectos.
3º – Inscríbase, hágase saber a las Universidades nacionales, tómese nota y resérvese.
Julio de Tezanos Pintos.
Dlegado interventor
Eduardo Ramírez Igarzábal
Secretario general de la intervención
(7) El texto de la resolución del decano interventor es el siguiente:
Santa Fe, 14 de noviembre de 1955.
Resolución Nº 6656.
VISTO los fundamentos del decreto del Poder ejecutivo nº 2538, del 4 de noviembre de 1955, y
CONSIDERANDO:
Que la facultad tiene el deber de expresar públicamente el reconocimiento de los méritos y de las conductas ejemplares de aquellos profesores que pos su espíritu de civismo republicano y democrático fueron arbitrariamente separados de sus cátedras o renunciantes de las mismas en acto de solidaridad con los primeros,
EL DELEGADO INTERVENTOR DE L FACULTAD,
RESUELVE:
Art 1º.- Realizar el 21 de corriente a las 18 horas un acto público en el aula Alberdi de esta Facultad, acto que tendrá en carácter de desagravio moral en homenaje a los profesores separados de la Casa y reincorporados recientemente , doctores; Rudesindo Martínez, Luis David Bonaparte, Carmelo P. Piedrabuena, Alberto Arrue Gowland, Eduardo B. Carlos, Francisco J. Gschwind, Mario Mosset Iturraspe, J. Hiram Pozzo, Abraham Rabotnikof y Adolfo R. Rouzaut.
Art 2º.- Esn el referido acto se testimoniará igualmente, una sentida expresión de recuerdo en memoria de los profesores fallecidos, doctores Augusto Morisot, Rodolfo Doglioli, Eduardo C. Mántaras y Emilio Seghizzi quienes, a su hora, durante el proceso de avasallamiento a la Universidad, fueron víctimas, también, de la misma arbitrariedad.
Art. 3º.- Señalar expresamente que esta reparación póstuma del honor ofendido con motivo de sus cesantías, los erige ante la juventud estudiosa en símbolos de conducta moral y de acendrado espíritu universitario.
Art. 4º.- Disponer que se eliminen de los legajos personales respectivos las constancias que existieren de estas medidas agravantes para la Universidad y se agregue, en cambio, para satisfacción de los perjudicados, una copia de la presente resolución.
Art 5º.- Harán uso de la palabra en el acto público de desagravio, el suscripto, el profesor Doctor Carmelo P. Piedabuena, en nombre de los catedráticos reincorporados, el doctor Domingo López cuesta en representación del Club Universitario, un estudiante y el profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, Doctor Carlos Sánchez Viamonte.
Art 6º.- Regístrese, comuníquese, tómase nota y archívese.
Domingo Buonocore.
Delegado interventor.
Diógenes L. Antille.
Secretario”.
8) Las Comisión directiva del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales estaba integrada de la siguiente forma:
Secretario general; Juan Martin de la Peña.
Secretario de actas; Marcos A. Lescano.
Secretario de hacienda; Fermín E. Jimenez.
Secretario de informaciones; Santiago Volkart.
Secretario relaciones gremiales; Ángel F. Robledo.
Secretario de extensión universitaria; Francisco G. A. Sallovitz.
Secretario de publicaciones; Héctor R. Agusti.
Secretario de deportes; José Puccinelli.
Delegados el H. C.D.: Titulares, Aldo Luder y César Lafuente; Suplentes, Eliseo doce y Mariano Cúneo.
Delegados a la FUL; Titulares, Sebastián Gerbotto y Mario D. Agodino; suplentes, Santiago E. Volkart y César A. Lafuente.
Delegados a la FUL de deportes; Féliz Aleart y Ovidio Pablo Emanuelli.
(9) Este número de la revista estaba dedicado a las cuestiones agrarias. Tiene cinco artículos principales; Domingo Buonocore, Colonización e inmigración; el citado de Mántaras; Bernardino C. Horne, La propiedad en el derecho agrario. El director de la revista era Alcides Greca y el secretario Mario C. Bruno. Eran redactores Domingo Buonocore, Emiro Seghizzi, Rodolfo Doglioli, Humberto Gambino y los estudiantes Italo Luder –un joven rafaelino que años más adelante será presidente de la República- y Héctor Gómez.