EL MENSAJE DE CARLOS NINO

Un 29 de agosto, fallecía Carlos Nino

Dr. Ricardo Miguel Fessia

Los pueblos que no tienen vigoroso el sentimiento del derecho,

que no sienten el dolor de la injusticia,

que no se irritan ante la pobreza,

están fatalmente condenados”

Leandro N. Alem

ninoI – Como una ironía del destino o como un justo homenaje, Carlos Santiago Nino murió un 29 de agosto. Tan prematura fue su muerte como breve la ilusión de un cambio profundo en la teoría y práctica política argentina de fundar un nuevo “contrato democrático”.

Nacido en la ciudad de Buenos Aires en 1943, apenas discurrir los primeros cursos en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, inició sus primeras investigaciones en el ámbito de la “Filosofía del derecho” y apenas recibido las continuó en el célebre “Instituto de filosofía del derecho” de la Universidad de Buenos Aires, el que había orientado Carlos Cossio y que ahora dirigía Ambrosio L. Gioja, un notable inspirador de investigaciones teóricas que implantó la filosofía analítica. Aprendió y debatió con otros destacados juristas como Eduardo Rabossi, Ernesto Garzón Valdés, Sebastián Soler y Genaro Carrió. Del “Instituto” heredó su formación analítica y la preocupación por la claridad del pensamiento y por su transmisión.

También de esos años le viene la relación con Luis Jiménez de Asúa que guió sus estudios de derecho penal, tanto de la teoría como de la dogmática y que expusiera en obras tempraneras como “La definición del delito” (1965) o en “El concurso en derecho penal” (1972). Mas tarde le suceden, siempre en estos temas, “La fundamentación de la legítima defensa” (en “Doctrina penal”, Buenos Aires, Depalma, 1979, número 6), “Los límites de la responsabilidad penal” (Buenos Aires, Astrea, 1980), “La legítima defensa. Fundamentación y régimen jurídico” (Buenos Aires, Astrea, 1982).

Sus estudios de postgrado en Oxford, donde se doctoró en Filosofía en 1977, lo vincularon en forma estrecha con los juristas más relevantes de las últimas décadas del pasado siglo que conoció y hasta polemizó, como Alf Ross y Herbert Hart.

III – Cuando el país se encaminaba en la senda democrática, se acercó a los equipos técnicos de Raúl Alfonsín al que asesoró en temas que trascendían la campaña electoral, siendo luego designado como coordinador del “Consejo para la consolidación de la democracia”. Para quitar el mito de que todos los estudios en materia de la filosofía no trascienden la teoría, impulsó un profundo debate con la premisa de “especificar e incrementar la base del pacto democrático”.

Su análisis lo llevaba a construir un concepto del sentido y forma de funcionamiento de la ley partiendo de la base que política y derecho deben funcionar en estrecha relación. Esto le permitió hacer un diagnóstico de las consecuencias que se derivan de esa “tendencia recurrente de la sociedad argentina, y en especial de los factores de poder –incluso los gobiernos- a la anomia general y a la ilegalidad en particular, o sea a la inobservancia de normas jurídicas, morales y sociales” (“Un país al margen de la ley”, Buenos Aires, Emecé, 1992, 273 págs.). Fue esta, creemos, una de las cuestiones fundamentales por las cuales se han socavado las bases misma de todo el sistema y que desembocan a las consecuencias que hoy tenemos y nos llevará años revertir.

Tantas veces le hemos escuchado machacar hasta el cansancio sobre modernización de las instituciones –partiendo de la reforma de la carta magna en donde se limitara el marcado y peligroso presidencialismo-, sobre la necesidad de la participación junto al compromiso y sobre la más fluida relación de los poderes y la más ágil administración de justicia.

De ese tiempo se recuerdan algunas leyes que reconocen su marca en el orillo como la de defensa de la democracia, la derogación de las leyes contra la subversión, la abolición de la censura previa, la ratificación del Pacto de San José de Costa Rica y la creación de la secretaría de Derechos humanos y de la Conadep.

De la última vez que le vi lo recuerdo con su impermeable blanco, una sonrisa perpetua, pleno de energía, cortés y fino en el trato, profundo en sus juicios, galano en el decir, con la voz inconfundible de su inteligencia y esa suerte de calma que irradian siempre las personas que llevan con naturalidad el verdadero saber con humildad.

A nuestro recuerdo, que emerge de lo más profundo, no le damos un carácter de práctica ritual, sino que lo hacemos pasando revista a la obra que realizara Carlos S. Nino para encontrar inspiración y ejemplo.

A su temprana muerte –con apenas 49 años- el 29 de agosto de 1993 en La Paz, Bolivia, le sucede su obra de libros (1) y artículos, sus conferencia y reportajes, su coraje inquebrantable, su compromiso con los valores esenciales, pero por sobre todo, su testimonio político a favor de la democracia y de los derechos humanos en un subcontinente en donde no se pueden mostrar los más brillantes resultados.

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(1) Pocas semanas antes de su muerte había terminado dos obras escritas en inglés; “Radical evil on trial” y “The constitucionof deliverative democracy”. El primero de ellos fue traducido al castellano por Owen Fiss, profesor de la Yale Law School, y publicado como “Juicio al mal absoluto” (Buenos Aires, Emecé, 1997, 292 págs.)

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