EL RECUERDO DE SEBASTIÁN SOLER



EL RECUERDO DE SEBASTIÁN SOLER

Ricardo Miguel Fessia

I – El recuerdo, si no se agota en ello, no es nostalgia sino vigencia.

Tal es el caso de estas pocas líneas, para evocar a Sebastián Soler, de cuya desaparición física se cumple el 12 de septiembre un nuevo aniversario. (1)

sebasolerII – Nacido en Sallent de Llobregat, en la comarca de Bages, provincia de Barcelona, el 30 de junio de 1899, llega de muy joven a la Argentina para radicarse en Córdoba donde desarrolla casi toda su vida.

Tempranamente obtiene su diploma de abogado -1924- en la Universidad Nacional de Córdoba, casa que lo designó, en 1942, profesor titular de Derecho penal.

Llegarán luego otros merecido blasones como miembro de número de la “Academia nacional de derecho de Córdoba”, en la similar de Buenos Aires y en la Nacional de Ciencias morales.

Inició su carrera profesional como juez en Santa Fe, siendo trasladado luego a Rosario donde llegó a ser Juez de la Cámara de apelaciones hasta que en el año 1947 el gobierno de turno lo exoneró. En tiempos difíciles, ese año no terminará sin otra novedad; en solidaridad con el Rector de la Universidad de Córdoba que sufría persecución política, renuncia a la cátedra.

El presidente de facto Eduardo Lonardi lo nombró como Procurador general de la nación el 6 de octubre de 1955 (2) y en esa condición produce el dictamen en el caso “Mouviel” en donde contra la tradición de la propia Corte, declara la nulidad de los “edictos policiales”, instrumentos que de hecho creaban delitos y penas por fuera de la propia ley penal.

Se combinaban en él, en perfecta proporción, dos elementos esenciales; incansable voluntad de trabajo y mente lúcida.

Junto a Alfredo Vélez Mariconde redactan el Código procesal penal de Córdoba en 1938 (3) y al año siguiente presentan el “Proyecto de código procesal penal para la Capital Federal” (4).

III – En sus años de universitario abrazó la causa de la “Reforma universitaria” prolongando su compromiso militante por varios años. Dentro de la clasificación hecha por Gregorio Bergman de los distintos cursos ideológicos que tomaron los principios de los jóvenes del 18, integraba el segmento que entendía que el movimiento debía ceñirse a la formación universitaria y cultural, compartiendo sus ideas con Germán Arciniegas y Saúl Taborda. Se impulsaba un claro americanismo para formar ciudadanos con capacidad de crítica en el marco de un liberalismo socializante.

IV – Referente indiscutido por varios lustros en la escena del derecho penal argentino, sigue siendo hoy permanentemente citando no obstante la dominadora doctrina alemana que llega a estas costas de la mano de los doctrinarios españoles.

Soler es sinónimo de derecho penal y su monumental “Tratado de Derecho penal” es el exponente más contundente.

V – En este aniversario, queremos recordar a Soler con un trabajo que no se refiere al ramo penal pero que muestra su conocimiento y dominio del derecho en su completitud.

Nos referimos a “La interpretación de la ley” (5) que es de los primeros años de la década del sesenta, tiempos en donde el pensamiento europeo era dominado por la filosofía hermenéutica y los debates se centraban en las ideas del positivismo lógico de algunos años antes.

No obstante este panorama, Soler se mantiene en los límites de la dogmática jurídica.

Desde el inicio marca con precisión que toda legislación es fruto de un tiempo y lugar; es decir que encierra las motivaciones, siempre subjetivas, que impulsaron al legislador a su dictado. Por lo tanto, siempre en un plano teórico, aquellos legítimos y nobles motivos de resolver con justicia los casos que se presenten, siempre orientado hacia el bienestar general, pueden no cumplir con ese cometido pasada la coyuntura o en otro lugar. De forma que con esa normativa vigente –y en consecuencia, aplicable- se puede llegar a la situación de obtener resultados no queridos o, peor aún, inversos a los que se deseaba en un origen.

Afirma que es precisamente la interpretación la que permite advertir ese cambio y la que posibilita corregir los resultados.

Trae como referencia la magnífica obra de F. Geny (6) que a principios del siglo XX sienta las bases de un nuevo universo de interpretación criticando a los “modernos exégetas” que se daban en llamar “legalista” y que en buena medida no salían del estrecho marco de la letra de la ley.

Junto al célebre decano de Nancy, otros juristas buscaban las herramientas para una interpretación que se adapte a la nueva realidad de un cambiante mundo. Entiende Soler que la hora requiere otro rol en el intérprete, sea un doctrinario o un magistrado, siempre teniendo en cuenta que “la función de las normas, aparte de ser la base que desencadena el acto de autoridad, consiste en que permite calcular las proyecciones y alcances de la propia acción”.

En este entendimiento, todo el accionar del hombre está vinculado, de una u otra forma, al derecho que debe ser claro y cierto en su mensaje. Pero tan necesario como esto es que cuando ese derecho escrito se haga realidad, cuando se aplique, se lo haga en forma justa. Por lo tanto la función de interpretación no se puede limitar a un ejercicio de aprehensión puramente intelectual de la ley. Junto a esto hay una tarea racional de selección, ordenación y agrupamiento de normas y principios.

Frente a este complejo panorama, Soler propone una serie de principios de validez y ordenación normativa: a) Principio de vigencia; por el cual un juzgador no se puede negar a aplicar una ley bajo el pretexto de que no producirá los efectos queridos al tiempo de su redacción. b) Principio de unidad sistemática; entendiendo que una norma no es un precepto aislado sino que integra un conjunto que permite comprender un caso “sobre la base de mostrar coherencia del sentido acordado a un precepto con el sentido que corresponda a otros preceptos” que integran el sistema. c) Principio dinámico; que ordena a juez aplicar la norma que rige al momento del pronunciamiento. d) Principio jerárquico; al estilo del modelo kelseniano, se entiende que hay un orden de prelación comenzando por la Constitución, las leyes, los reglamentos, etc.

En los párrafos finales del opúsculo, trata Soler de precisar el “principio ordenador” por medio del cual el jurista debe lograr una construcción intelectual que permita resolver con justicia la amplia variedad de casos, transitando por el estrecho andarivel demarcado por la certidumbre (por ello critica a Geny ya que la interpretación libre atenta contra ella) y la justicia. Afirma que precisamente la interpretación es la herramienta adecuada.

VI – Este tema de la interpretación y de la tarea de los jueves, lo llevó a escribir el ensayo “Las palabras de la ley” (7) en donde sostenía sobre los principios enunciados por la doctrina norteamericana que se traducen en la frase “el derecho es lo que los jueces dicen que es” que le valió la réplica de Genaro Carrió en el libro “Algunas palabras sobre las palabras de la ley” (8) en donde sostenía un criterio distintos y al propio tiempo generó una contra réplica de Soler en una artículo titulado “La ley y el súbdito” (9). Felices tiempos de cruces de algo vuelo intelectual.

VII – El viejo tema de la relación en derecho y justicia, que por centurias fue el motivo y fin de los debates, queda en su justo medio pero delimitada por la interpretación, la que para nada queda relegada a un papel secundario de metodología auxiliar para aclarar significaciones semánticas.

La interpretación, para Soler, es la metodología por medio de la cual se activan los más altos principios del derecho como tal.

VIII – Soler estuvo en algunas oportunidades en nuestra Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. La que permanece en el recuerdo es la de 1965.

Ese año se presentaba con una particularidad en la vida de Santa Fe, en la vida universitaria de la ciudad. Había un clima de extrema politización y el foco era la Facultad de Ingeniería química con el llamado “Conflicto de química”. (10)

En el marco de lo que luego fueron agrupaciones que optaron por las vías de hecho, se produce en la FIQ un problema con la llegada de una profesora para ocupar un cargo en una de las cátedras. En marzo de ese año un grupo de estudiante interrumpe en forma violenta una clase de “Química inorgánica”. Todos los profesores prestan su solidaridad a la cátedra afectada y el problema ya tiene a las dos partes movilizadas, cada una con sus argumentos.

Los estudiantes cuestionaban a llegada de esta profesora y la forma de ingreso. Esto último era por el hecho que haberse incorporado sin concurso y sin atender a los colegas que ocupaban cargos de JTP con bastante trayectoria. El motivo de rechazo era por pertenecer al Departamento de Química de la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad de Buenos Aires que dirigía el dr. Buch. Este departamento estaría recibiendo subsidios de la “Fundación Ford” y por lo tanto eran “agentes de penetración del imperialismo”.

Esto era inaceptable para ciertas agrupaciones políticas y el conflicto llegó a mayores. Es decir, se produce un claro enfrentamiento entre alumnos contra profesores y autoridades. Se llega a una huelga por varias semanas.

En este clima, que no llegaba a Derecho en esa dimensión, se lo invita a Soler a dictar una conferencia sobre “Sentido del derecho”. El acto fue el jueves 7 de mayo de 1965 en el aula Alberdi.

Mientras el invitado estaba exponiendo un estudiante se puso de pie en los últimos bancos y le gritó “Mentiras, Dr. Soler; usted no puede hablar aquí mientras los yanquis invaden Santo Domingo, usted, que fue cómplice de los fusilamientos del ‘56”. También se lo acusa de ser autor de los decretos de proscripción del peronismo.

Nada estaba improvisado, por el contrario, estaba todo cuidadosamente urdido. Esta abrupta intervención, fue aclamada por otros estudiantes que estaban en el aula y se lanzaron algunos petardos. De inmediato se desalojó el lugar y el disertante con las autoridades académicas, los profesores de la casa y algunos invitados se guarecieron en la sala de profesores.

En el pasillo, en el hall y en la vereda se coreaban consignas antiimperialistas, se repartieron volantes alusivos y hasta algunos arremetieron contra algunos de los vehículos estacionados sobre Cándido Pujato.

En conflicto continuó con asambleas estudiantiles y llegó al punto de provocar la renuncia del ingeniero Cortés Pla al rectorado de la universidad, luego retirada. (11) Soler se llevó un mal recuerdo de nuestra casa.

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Citas

(1) Varias glosas se han escrito por su aniversario. La revista jurídica ZEUS recordó el centenario del natalicio en el boletín del 30 de junio de 1999, número 6206, t. 80. También se puede ver la glosa de Ariel Barbero titulada “Por qué admiro a Sebastián Soler”, http://arielbarbero.blogspot.com.ar/2011/04/por-que-admiro-sebastian-soler.html.

(2)http://web.archive.org/web/20140812204557/http://new.pensamientopenal.com.ar/31102007/contra06.pdf

(3) Sancionado en 1939 y puesto en funcionamiento en 1940.

(4) El proyecto fue presentado ante la “Cámara de diputados” por el diputado dr. José Peco.

(5) “La interpretación de la ley”. Barcelona, Ariel, 1962.

(6) “Método de interpretación y fuentes en derecho privado positivo”. Madrid. Reus, 1925, 695 págs. El pensamiento de Geny se puede resumir en una frase que le pertenece: “Por el Código civil, pero más allá del Código civil”.

(7) México, Fondo de cultura económica, 1969.

(8) Buenos Aires, Abeledo – Perrot, 1971, 93 págs.

(9) La Ley, t. 142, pág. 1042.

(10) Se puede ver un detallado análisis de esta situación en: Diburzi, Nélida y Vega, Natalia. “Fuera Mr. Buch, sirviente del filántropo Henry Ford”. El movimiento estudiantil universitario en la ciudad de Santa Fe en los años 60. Una aproximación a la construcción de un imaginario radical durante el “Conflicto en Química”. Ponencia presentada en el II Congreso de Problemáticas Sociales Contemporáneas, Facultad de Humanidades y Ciencias – UNL, Santa Fe, 15 al 17 de Octubre de 2003.

(11) Se sucedieron asambleas con fuerte tono crítico. En una convocada por el Ateneo Universitario, la Agrupación Universitaria Liberación (AUL) y el Centro de Estudiantes de Derecho (CED) y desarrollada en la Facultad se advierte sobre la “crítica y anormal situación de la casa de estudios provocada por la actitud de algunos profesores” debido a que “no cumplen con sus deberes específicos y cometen toda clase de arbitrariedades para con los alumnos”. Una de las alternativas de esta asamblea resultó que dos docentes son declarados personas no gratas al movimiento estudiantil y por ello se exige su renuncia a los cargos ante las manifiestas “inconductas y la irresponsabilidad demostrada en el dictado de sus cátedras y las arbitrariedades cometidas en las mesas examinadoras”. Junto a ello se crea una comisión para estudiar las vías legales para que se haga efectiva la medida adoptada.

En una sesión del Consejo superior, el Ingeniero Cortés Plá presenta por nota su renuncia al cargo, fundado en “ciertos términos ofensivos a su calidad de rector que había vertido un consejero estudiantil en una reunión de la Comisión de Enseñanza del Consejo…”, y sostiene que “…si bien la oposición no es factor para determinar mi actitud, resulta sintomática observar el instante en que se arrecia la crítica mientras se debatía un problema de Ingeniería Química”, “…considera esta actitud una etapa más de campaña ininterrumpida contra el rectorado que comenzó al disponerse la intervención de la FIQ…” Llevadas adelante algunas reuniones Cortés Plá reasume el cargo el 11 de Junio y pocos días después, insiste en responder a las acusaciones que le hicieran graduados y estudiantes del Ateneo Universitario. En tanto estos lo cuestionaban por las intervenciones a varias facultades, les recordó que “…la intervención en Ciencias Médicas fue votada por unanimidad y el proyecto de intervención fue firmado por un graduado ateneísta… “,a la vez que “…en la intervención en Química fueron estudiantes ateneístas los motores principales en ese movimiento, votados, por otra parte, por unanimidad por consejeros graduados ateneístas…”

Los disturbios continuaron y en dos ocasiones se volcarán vehículos, uno de un profesor de Derecho y otro del decano de la FIQ.

El foco era Química en donde los estudiantes cuestionarán lo que se enseña y cómo se enseña al punto que se rechazaba directamente el nuevo plan de estudios de la carrera de Ingeniería Química por considerar que alarga la carrera y demanda un estudio a tiempo completo, lo cual aleja al estudiante de la realidad en la que vive y básicamente por ser claramente cientificista y por esa vía ser una herramienta de penetración y dominación cultural del “imperialismo Yanqui”.

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